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La risa es uno de los temas menos estudiados en la obra de Walter Benjamin; sin embargo, constituye una de las claves para la comprensión de lo que el crítico alemán consideró que podría ser una politización del arte. En este artículo tratamos de desgranar el lugar de la risa en la teoría estética y política de Benjamin a partir de su conferencia «El autor como productor». Desde ese punto nos proponemos introducir su lectura de Bertolt Brecht, así como su polémica con Theodor W. Adorno.
Este escrito reconstruye la problematización que Wellmer hace del planteamiento adorniano sobre el hundimiento de la metafísica y su articulación con una eventual alternativa estética para, inmediatamente, explorar la propuesta integral de la tercera Escuela de Frankfurt en torno a la eticidad democrática, sustentable desde los planteamientos de Dubiel, Honneth y Wellmer, como alternativa para una superación de las aporías que Adorno y la primera Escuela de Frankfurt no logran superar, categoría que nos remite en Habermas a su noción del patriotismo constitucional donde adquiere toda su proyección política postconvencional la eticidad democrática y que concurre en la figura de una opinión pública contestataria, que tanto Habermas como Nancy Fraser han querido fundamentar, como opción contra hegemónica y potencialmente emancipatoria en las sociedades en conflicto, para finalmente articular lo anterior con el talante cosmopolita del republicanismo que enfatiza, desde Nussbaum, Bohman y de nuevo Fraser, la perspectiva transnacional que las aspiraciones emancipatorias pueden tener en un mundo global, cuyas sinergias confluyen y concretan no solo estrategias de convivencia democrática nacionales e internacionales sino además, a través de las mismas, la superación concreta —no meramente ética o estética— de fenómenos de autoritarismo político y alienación social, en tanto mediación idónea, aunque parcial, de reconciliación en las sociedades complejas.
El texto se propone exponer críticamente algunos contenidos fundamentales del concepto de totalidad y su importancia para el pensamiento dialéctico. Partiendo de una crítica de la concepción hegeliana de totalidad, busca sin embargo defender este concepto, aunque reconstruido desde un giro materialista a partir de la filosofía desarrollada por Theodor W. Adorno. El concepto de totalidad cambiaría su significado y función a partir de la crítica materialista, pasando de la idea de un todo determinado y definitivo, a un criterio epistemológico y normativo para oponerse con efectividad a la imposición de una totalidad social.
Resulta especialmente pertinente reseñar esta compilación de artículos para el presente número de esta revista, cuyo Fokus está dedicado a los aportes de la historia del derecho desde una mirada multinormativa. En efecto, el libro que estamos reseñando, en tanto compilación de investigaciones sobre las formas de administración de justicia durante la temprana edad moderna en España y América, muestra en su conjunto la pertinencia de una historia del derecho que evidencie la coexistencia de diferentes tipos de normas jurídicas con códigos morales, reglas sociales y costumbres, así como de diversas autoridades, jurisdicciones y agentes que se disponen de determinada manera según el contexto local en el que interactúan. Distanciándose en cada caso de una preconcepción del derecho y la justicia que se extendía a lo largo del imperio hispánico como algo monolítico, los artículos muestran distintos escenarios cotidianos de formación de normas y de configuraciones posibles dentro de las acciones judiciales. Leído en su conjunto, este libro nos presenta una diversidad de recursos normativos que estaban disponibles y que eran de hecho utilizados en diferentes contextos y registros judiciales. ...
El libro Serve the Power(s), Serve the State, editado por los historiadores Juan Carlos Garavaglia, Michael Braddick y Christian Lamouroux en el año 2016, es una apuesta por estudiar sistemáticamente la historia del Estado y de aproximarse a nuevas y diversas lecturas historiográficas al tema, el cual ha ocupado un lugar importante en las reflexiones académicas de las últimas décadas. Esta preocupación por el Estado y su proceso de formación, no sólo ha sido objeto de reflexión desde la Historia, sino además, desde otras disciplinas como la Ciencia Política, la Sociología y la Antropología, entre otras. Así, esta publicación en la que participan quince diferentes autores, con diferentes trayectorias e intereses, surge de la Conferencia Internacional llevada a cabo en el 2011 en la Universidad Pompeu Fabra en Barcelona, la cual estuvo fundada en la reflexión sobre el Estado como problema y objeto de estudio desde una perspectiva histórica. ...
Los últimos años han sido testigos de un creciente interés por el derecho indiano desde el mundo académico anglosajón. Varios autores han tocado distintos aspectos de la construcción de un imperio legal en la América española (véase por ejemplo los trabajos de Woodrow Borah, Charles Cutter, Tamar Herzog, Susan Kellog, Brian P. Owensby y Yanna Yanakakis), buscando comprender las complejidades detrás de la formación de un régimen normativo colonial cimentado sobre la traslación de sistemas jurídicos europeos, un aparato de prácticas locales y la efervescencia de normatividades contingentes al proceso colonial. En esta dirección se han estudiado las instituciones jurídicas de la América española, los agentes jurídicos coloniales, y más recientemente, los actores indígenas, estos últimos no solo como usuarios del sistema legal, sino también como contribuyentes netos a la vertebración del nuevo orden normativo en la América española. Estos estudios aducen que en estos territorios el derecho castellano se adaptó a los nuevos escenarios coloniales en parte por la coexistencia de diferentes niveles normativos basados en los usos y costumbres, las compilaciones legales y el ius commune, además de códigos normativos que emanaban de las autoridades religiosas. Este último aspecto, sobre todo lo relacionado con el derecho canónico y la teología moral, sólo recientemente ha sido objeto de estudio como parte intrínseca de las multinormatividades que enmarcaban las vidas diarias de las personas en el periodo moderno. Por todo esto el nuevo libro del profesor Osvaldo F. Pardo, Honor and Personhood in Early Modern Mexico, un gran conocedor de los procesos culturales ocurridos en el México del siglo XVI, resulta muy bienvenido. ...
La publicación del volumen The Concept of Law in the Moral and Political Thought of the ‹School of Salamanca› en la prestigiosa colección Studies in Medieval and Reformation Traditions fundada por Heiko Oberman y avalada por la editorial Brill, es una nueva muestra de la incorporación de teólogos y juristas de la denominada Escuela de Salamanca como Francisco de Vitoria, Luis de Molina, Francisco Suárez o Gabriel Vázquez al canon de grandes figuras intelectuales de la Primera Modernidad. El volumen, editado por los jóvenes y prometedores investigadores alemanes Kirstin Bunge, Marko Fuchs, Anselm Spindler y Danaë Simmermacher viene, en efecto, a llenar el hueco y el interrogante que, tradicionalmente, persistían en una colección que, integrada por estudios insoslayables en el campo de la historia de las ideas políticas y religiosas en Europa, apenas se había interesado por pensadores ibéricos o por problemáticas específicamente hispanas o portuguesas. ...